CANALES DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño ha puesto a su disposición los siguientes medios de Atención a la Ciudadanía para la recepción de sus peticiones, quejas, sugerencias, reclamos, felicitaciones, consultas, solicitud de información y denuncias de actos de corrupción:
- Atención Presencial
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Oficina de Atención a la Ciudadanía y radicación: Cra 3 # 10 - 27 Bogotá, D.C. 8:00 a.m a 5:30 p.m.
Buzón de sugerencias: Cra 3 # 10 - 27 Bogotá, D.C.
* Ante la situación de emergencia sanitaria por la propagación del COVID–19 y atendiendo las medidas de la Alcaldía Mayor y del Gobierno Nacional, le recordamos a los ciudadanos interesados en los servicios de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño que como lo indica la Circular Externa FUGA No. 006 de 2020, tanto la correspondencia de entrada, como la de salida, se tramitará a través del correo electrónico institucional: [email protected].
Para lo anterior, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 1755 de 2015, que indica que, la correspondencia enviada a la Fundación deberá señalar expresamente una dirección de correo electrónico a la cual la entidad podrá enviar la respuesta.
Cabe resaltar que ningún trámite de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño requiere de la presencia de los ciudadanos.
- Línea de atención telefónica
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PBX +57 (601) 4 32 04 10 Extensiones 401 - 403. 8:00 a.m a 5:30 p.m.
Línea 195: 24 horas.
- Correo electrónico
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Correo electrónico para PQRS: [email protected]
Correo electrónico para solicitar citas: [email protected]
Correo electrónico para notificaciones judiciales: [email protected]
- Whatsapp FUGA
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Whatsapp para atención y solicitar citas: Whatsapp FUGA
- Formulario de contacto
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Formulario de contacto FUGA: https://fuga.gov.co/form/formulario-de-contacto
Formulario de contacto: https://bogota.gov.co/sdqs/
- Redes Sociales
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https://www.instagram.com/fundaciongilbertoalzate/
https://www.facebook.com/FugaBog
Los tiempos de respuesta serán atendidos dentro de los términos y clasificaciones establecidas por la ley, así:
Tiempo para emitir respuesta – Ley 1755 de 2015 |
Tiempo para emitir respuesta – Decreto Legislativo 491 de 2020** |
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Consulta |
30 días hábiles |
35 días hábiles |
Derecho de petición en interés general |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Derecho de petición en interés particular |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Queja |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Reclamo |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Sugerencia |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Denuncia por posibles actos de corrupción |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Felicitación |
15 días hábiles |
30 días hábiles |
Solicitud de acceso a la información |
10 días hábiles |
20 días hábiles |
Solicitud de acceso de copias*** |
10 días hábiles |
20 días hábiles |
** Decreto Legislativo 491 de 2020. Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Artículo 5. Ampliación de tiempo para atender peticiones.
***Resolución 084 de 2016. Por medio de la cual se establece el costo de fotocopias y CD´s para la reproducción de información solicitada por particulares de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño
SISTEMA DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE PETICIONES CIUDADANAS
Instrumento de la Administración Distrital para el registro de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias, solicitudes y felicitaciones de origen ciudadano, con el fin de ser atendidos por las entidades Distritales. Para realizar su solicitud ingrese al siguiente enlace: https://bogota.gov.co/sdqs/

Si desea realizar la solicitud, queja o denuncia de manera anónima ingresar aquí